El próximo 1 de febrero de 2025 comenzará a regir en Chile el Decreto 44, un nuevo reglamento publicado el 27 de julio de 2024 que busca garantizar entornos de trabajo seguros y saludables mediante una gestión preventiva de riesgos laborales. Este decreto deroga antiguas normativas, como los Decretos Supremos N° 40 y 54 de 1969, para establecer un marco legal más actualizado y unificado.

Aspectos Claves para las PYMEs y Farmacias:

  1. Obligaciones de las empresas empleadoras:
    • Implementar medidas preventivas para proteger la vida y la salud de los trabajadores.
    • Diseñar e implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
    • Facilitar la información, formación y participación de los trabajadores en actividades preventivas.
  2. Excepciones para empresas pequeñas: Las empresas con menos de 25 trabajadores están exentas de constituir Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Sin embargo, deben:
    • Garantizar condiciones seguras mediante la identificación y control de riesgos.
    • Contar con planes de respuesta ante emergencias y realizar simulacros anuales.
    • Proporcionar y garantizar el uso adecuado de Equipos de Protección Personal (EPP).
  3. Derechos y deberes de los trabajadores:
    • Participar en actividades preventivas.
    • Interrumpir labores si existe un riesgo grave e inminente.
  4. Actualización normativa: Este reglamento promueve un enfoque moderno y participativo, incorporando aspectos como la equidad de género y la mejora continua en la gestión de riesgos. Asimismo, adopta lineamientos de la OIT para simplificar y actualizar las regulaciones.

Para más información, puedes revisar el texto completo del Decreto 44 adjunto.

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