El 12 de febrero de 2025, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 30, el cual introduce modificaciones al Decreto Supremo N° 79 de 2010 del Ministerio de Salud. La norma, que entró en vigencia inmediatamente tras su publicación, permite una mayor flexibilidad en la elaboración de preparados farmacéuticos en farmacias con recetario, específicamente en casos de escasez o desabastecimiento de medicamentos esenciales.

Puntos clave de la modificación:

  • Se autoriza que los preparados magistrales en farmacias puedan contener los mismos principios activos y formas farmacéuticas que las especialidades registradas, en casos de desabastecimiento declarado por el Ministerio de Salud.
  • Para aplicar esta excepción, se requerirá un informe técnico del Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) y de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de los Servicios de Salud (CENABAST).
  • La vigencia de esta medida será determinada por el Ministerio de Salud y podrá extenderse o finalizarse según la evolución de la situación.

Motivación de la modificación:

  • Garantizar el acceso a medicamentos en momentos críticos, especialmente en períodos de alta demanda, como temporadas de enfermedades respiratorias.
  • Atender a las solicitudes del sector farmacéutico, entre ellas las planteadas por AFFI, cuyo directorio sostuvo diversas reuniones con las autoridades sanitarias para exponer y alertar sobre la escasez de medicamentos esenciales, especialmente en períodos de alta demanda, como la temporada invernal y el aumento de enfermedades respiratorias, subrayando la urgencia de medidas que garanticen su disponibilidad.
  • Complementar las medidas existentes en la regulación de fármacos sin necesidad de modificar las normativas que rigen la manufactura industrial.

Con esta modificación, el Ministerio de Salud busca otorgar herramientas más flexibles para enfrentar problemas de disponibilidad de medicamentos en el país, asegurando el acceso a tratamientos esenciales cuando los productos registrados no estén disponibles en el mercado nacional.


🔵 IMPORTANTE ACTUALIZACIÓN EN ELABORACIÓN DE FÓRMULAS MAGISTRALES 🔵
📝 ¿Qué cambia?
✔️ Se permite la elaboración de fórmulas magistrales con los mismos principios activos y formas farmacéuticas de productos registrados en caso de desabastecimiento declarado.
✔️ La autorización debe contar con un informe técnico del ISP y CENABAST.
✔️ La medida será temporal y revisable según la evolución del abastecimiento.
💊 ¿Por qué es importante?
📌 Responde a la preocupación del sector farmacéutico, incluyendo a AFFI, que alertó sobre la falta de ciertos medicamentos esenciales.
📌 Asegura el acceso a tratamientos clave en temporadas de alta demanda.
📌 Complementa la normativa sin modificar la regulación de la manufactura industrial.

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